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H-724
14/08/01
17:00:00
joel damian puertos

acta-convenio

A continuación redactare el acta convenio realizada por cinco hermanos en relación a unas tierras ejidales y al termino de este planteare las preguntas para la solución de mi trabajo.
Siendo las 10:00 horas, del día 10 de enero de 1995, reunidos en la casa del C. JOSE ALFREDO MEDINA CIRIACO, quien es un Nuevo Adjudicatario del Cértificado de Derechos Agrarios No. 3427564, teniendo como domicilio y donde habita el ejido de la "LA PIEDAD", Municipio de Cuautitlan Izcalli, Estado de México, todos nosotros como hermanos, CC:ALBERTO ALEJO, MA DE LOURDES, RAMON, SALVADOR JUAN SERAPIO y JOSE ALFREDO, todos de apellido MEDINA CIRIACO, apetición de todos con el objeto de dialogar y llegar a un convenio entre vivos relacionado con el terreno ejidal que ampara el cértificado número 3427564, por lo que despues de discutir ampliamente el caso, llegamos a las siguientes concluciones y convenio entre ello, siendo los siguientes....
PRIMERO.- Qué como lo habiamos acordado en fecha anterior, el cértificado número 3427564, donde se encuentra como Titular nuestra extinta madre de nombre LUCINA CIRIACO QUIJADA,sea adjudicado a el C. JOSE ALFREDO MEDINA CIRIACO.

SEGUNDO.- Que la superficie del terreno ejidal que ampara dicho certificado sea repartido equitativamente entre los CC. ALBERTO ALEJO, MARIA DE LOURDES, RAMON, SALVADOR JUAN CERAPIO Y JOSE ALFREDO de apellidos MEDINA CIRIACO, en caso de que asi sea acordado por todos nosotros, quien somos las partes interesadas en dicho bien.
TERCERO.- Que en caso de que los terrenos que amparan el certificado No. 3427564, sean objeto d expropiación por parte de cualquier institución pública o privada, la cantidad obtenida de dicho bien sera repartida equitativamente entre los beneficiarios y participantes en el presente convenio.
CUARTO.- En caso de que el bien que nos ocupa sea afectado por causas de utilidad publica, el costo de la indemnización se distribuira en forma equitativa entre los hermanos e hijos de la anterior titular del certificado de derechos agrarios No.3427564.

Leida que fué la presente, a los que participarón y en ella intervinierón, la aceptan en todas y cada una de sus partes, ratificandola con sus firmas al margen y al calce, para todos los fines legales que alla lugar, sujetandose en caso de incumplimiento a la ley agraria en lo que a ella le concierne, y a la legislación civil, por ser supletoria de la misma, ya que el presente es un bien que se tiene como patrimonio familiar y por lo tanto un derecho mancomunado y el presidente por ser un convenio entre vivos. Por lo que no habiendo otro asunto que tratar, se da por terminada la presente a las 14:00 horas del dia de su fecha, firmada en ella los que intervinierón, quisierón y supierón hacerlo al margen y al calce como constancia de lo actuado.

NOTA:CABE MENCIONAR QUE POSTERIORMENTE FIRMAN LOS CINCO HERMANOS Y QUE AL MARGEN SOLO APARECEN CUATRO FIRMAS MENOS LA DE JOSE ALFREDO MEDINA CIRIACO.

SECION DE PREGUNTAS:
1.- Los cuatro hermanos quieren demandar a Jose Alfredo Medina Ciriaco ya que este no ha cumplido con lo convenido. ellos quieren saber si su demanda prosperara.
2.- Si es cierto que prosperara o no cuales son los motivos.
3.- Si hay algún error en el convenio por el cual los hermanos puedan demandar o no puedan demandar ¿Cual seria ese error?.
4.- Que posibilidades existen de que los hermanos ganen o no el juicio, si este es procedente.

Agradeceria y agradezco de antemano la atención que han tenido con su servidor y amigo esperando una pronta respuesta a mi consulta. Agradeceria que toda la información que desean darme me sea enviada a mi correo


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