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H-2964
09/03/03
17:00:00
leonardo

Alteración de una demanda...

En una demanda el actor equivoca en forma grave, la fecha en que supuestamente ocurrieron los hechos. Una forma en si ridicula, ya que en una demanda presentada en Marzo de 2000, dice que los hechos ocurrieron en Julio de 2000.

Posteriormente, a mano y con tinta azul, la actora tacha la palabra Julio y sobreescribe "ENERO", y al final de la demanda estampa su firma y la leyenda "vale ENERO".

No existe ninguna constancia o aclaración en relación a esa alteración. Pero si existen las copias de traslado, en las cuales no aparece la alteración.

Evidentemente estamos frente a una alteración indebida, pero tambien es cierto que es una practica común y aceptada en muchos tribunales, el que un escrito sea corregido de esa forma.

En algunos códigos, como el Civil del Edo. Mex, está especificado que de este tipo de alteraciones la autoridad debe dar cuenta al recibir el escrito. Pero en la ley laboral no se dice nada al respecto, y es una práctica común.

Hay delito, apun cuando no se pueda demostrar la fecha de la alteración?
la pregunta es porque obviamente, la actora va a sostenter que la alteración fué antes de la presentacion de la demanda, y en relación a las copias de traslado tratará de rsponsabilidad a la autoridad, diciendo que no hicieron bien el cotejo de las copias de traslado.


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