En juicio laboral, la junta desestima la objeción de la personalidad de la contra parte,y siguió el procedimiento hasta fijar fecha paradesahogo de las pruebas confesionales y testimoniales ofrecidas por la parte demandada a quien se le objetó dicha personalidad.en la misma audiencia el supuesto representante ofrece el trabajo sincumplir los requisito que puedan inducir a saber si el ofrecimiento es de buena fe o de mala. Se acude al Amparo Biinstancial, y se obtiene; SOBRESE en cuanto al acto de el ofrecimiento del trabajo, razón que no es para reclmar en dicha instancia sino en el directo.Se Ampara para efectos; en que sea la propia junta quien de nueva cuenta realice una nueva valorización de las actas testimoniales si estas cumplen con las disposiciones de la ley y del artículo 10 de la Ley de Sociedades Mercantiles. Mi pregunta y apremiante es;dentro del termino de que pueda causar ejecutoria el amparo se encuentra el día señalado para la audiencia programada para el desahogo de las pruebas esto es el día 28, ¿la Junta deberá suspender dichas audiencias o las continuará? ¿ Se puede pedir revisión en cuanto al sobreseimiento?, esto me deja en shok, por lo cual me urge me oriente al respecto.
Mérida Yucatán México