Establece del art. 5o. constitucional que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales y sin la justa restribuciòn y sin su pleno consentimiento, salvo el trabajo impuesto como pena por la autroidad judicial.
Ese trabajo se refiere al que realizan en la càrcel cuando compurgan ciertos años en ella o a cual trabajo. Muchas Gracias