Hace aproximadamente un año, mi tío fué acusado por intento de violación, por lo cual se expidió un billete de deposito por $7,000.00 a favor de la PROCURADURIA, ya pasados éste año, el Ministerio Público del Bunquer, comenta que el expediente se encuentra en el Artículo 36 Consitucional, es decir, No se ejercitó acción penal. Mi pregunta es la siguiente: ¿Sí, no se encontraron los elementos necesarios para ejercitar acción penal en contra de mi tío, se puede recuperar la cantidad del billete de deposito?