Tengo un pagaré que fue suscrito en México D.F., el día 03 de noviembre del 2003, con fecha de vencimiento febrero del 2004 y pagadero en la Ciudad del Carmen, sin embargo la persona obligada a su pago tiene su domicilio en Ecatepec, Estado de Meéxuci, mis pregunta son:
¿Aún estoy en tiempo para hacerlo efectivo en la vía ejecutiva mercantil, con fundamente en que artículos?
¿Donde debo interponer la demanda en el Distrito Federal, en el Estado de Mëxico o en la Ciudad del Carmen?