Somos cuatro herederos de una propiedad en el D.F. Uno de los hermanos lo nombramos albacea. El me solicita una carta poder para pleitos y cobranzas, su argumento es que la necesita para negociar con uno de los herederos que no quiere vender la propiedad y con la empresa que esta a cargo de un requerimiento de la Tesoreria.
Preguntas.
El albacea puede vender, rentar o negociar la propiedad sin cosultar a los demas herederos?
El albacea tiene que recibir un pago por el desempeño de sus funciones?
El albacea tiene representatividad legal frente a Tesoreria o necesita un poder para pleitos y cobranzas?
Gracias