Es determinante la causa probable en la averiguación previa?. En concreto, se originó un accidente automovilístico causándose daños por alcance; se acreditó la percepción económica diaria que se obtenía con el vehículo dañado (combi del servicio público). Se repararon los daños materiales de la combi, y el propietario se dio por parcialmente reparado de los daños (por la reparación del vehículo) pero quedó pendiente el pago de los perjuicios (utilidad que dejó de percibirse durante los tres meses que tardó en repararse la combi). El M. P. dice que como se raparó el vehículo y nunca se dio fe de la unidad con la que se causó el daño, NO EXISTE LA CAUSA PROBABLE y que por lo tanto no tiene elementos para consignar. Se sabe que puede promoverse, en la vía civil, la acción de pago por los perjuicios, pero ¿tiene algún caso hacerlo cuando de antemano se sabe que el responsable no cuenta con bienes para finalmente responder?. La averiguación previa tiene un año dos meses sin resolverse. ¿Conviene promover alguna responsabilidad en contra de la Procuraduría o del M. P. por negligencia ya que no se integró debidamente la averiguación al no haber solicitado oportunamente a los peritos efectuar la causa probable? Por sus comentarios muchas gracias.