Como hacer para el reconocimiento de una deuda, sin tener el documento firmado
Buenas tardes, apreciando el tiempo que dedican a leer mi colsulta de antemano se los agradezco.
Tengo unas facturas elaboradas en el año 2003 en las que se desglosa la mercancía entregada al cliente deudor, dicha persona no firmo las facturas de entrega de mercancía, sino que las firmo uno de sus ayudantes. En el Código de Comercio están los medios preparatorios en el que encuadra la posibilidad de reconocimiento de deuda, pero también esta la de firma. ¿Cómo hacer para que el juicio ejecutivo proceda?
Muchas gracias por su atención, espero haber sido clara en mi explicación