como puede registrar la mujer a su conyuge en servicio medico de pemex
Espero me puedan ayudar:
soy trabajador de la empresa petroleos mexicanos y nos rige un contrato colectivo de trabajo pero en las clausulas que se refiere al servicio medico ques la clausula 105 que dice a la letra: para los efectos de este capitulo se considera derechohabientes de los trabajadores sindicalizados o jubilados
I.- la conyuge o la mujer que haga vida marital con el trabajador o jubilado
V.- tambien se proporcionara atencion medica al conyuge y a los hijos mayores de edad, cuando cuando se encuentren en un 50% o mas y no reciban de otra institucion o patron , salarios, pension o servicio medico
los derechohabientes a que se refiere esta clausula solo podra disfrutar de los servicios medico correspondientes cuando dependan economica mente del trabajador o del jubilado.
Aqui las mujeres trabajdoras petroleras an querido registrar a sus conyuges y no los acepta la empresa.
yo escuche por un medio informativo que hubo una reforma en el distrito federal con respecto a mi a esta solicitud y se por otras personas que en el instituto del seguro social si es aceptado el conyuge para recibir atencion medica
si es posible en que jurisprudencia me puedo apoyar.
Gracias