Desde el D.F. me permito distraer a los foristas para preguntar sobre si un contrato de compraventa de un inmueble que supera en mucho la cantidad que prevee el artículo 2320 del Código civil del D.F. es valido o realmente se debe elevar a escritura pública, que problemas puedo tener?,´puede esto acarrear su nulidad ?, es decir, bastaría con un contrato privado ante dos testigos ?GRACIAS POR SU AYUDA