Durante más de 10 años empleados de este organismo hemos disfrutado de un período vacacional decembrino general con goce de sueldo de la última semana de diceimbre. Además de esto el pago del aguinaldo se ha demorado hasta la fecha y se pretende reducir a un 50% de lo que durante varios años ha sido costumbre. Cabe mensionar que ninguno tenemos un contrato laboral.
Nuestra pregunta es la siguiente: Bajo Qué artículo, pudiéramos apelar para mantener esas condiciones de aguinaldo y vacaciones?.