Consulta más esplicita de la aplicación de impuesto especial sobre producción y servicios
De la manera más atenta, me pueden ayudar a saber si es aplicable el impuesto especial sobre producción y servicios en la empresa donde laboro. Ya que está su giro es el trasporte publico urbano.
La duda se desprende de un término que en el articulo 17,frac.X de la Ley Ingresos de la Federación 2002 dice: "Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que adquieran diesel para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público de personas o carga a través de carreteras o caminos". La duda es si el término "carreteras o caminos" se considera como federal o se considera también como local y se puede aplicar al trasporte urbano de pasajeros.
por su atención muchas gracias