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NG-239
05/07/19
06:41:10

NR-pers

CONTRATO COMPRA VENTA

mi consulta es se cambian las cantidades

En septiembre de 2007, compré un bien inmueble a IVAN por 500 por el cual se hizo un contrato de compra venta y a la firma del contrato se entregó 50 en efectivo y una bodega por 200, el resto pagadero a través de un crédito estipulado a pagar a mas tardar al mes de octubre 2007. De éste bien comprado, tomé posesión y realice arreglos que me permitieron vivir en el. El contrato no fue ni ha sido aun ratificado ante notario.

Resultó que en 2010 fui demandado por PEDRO en la vía reivindicatoria, ostentándose como legitimo propietario y presentando escritura en su favor derivado de un contrato de compra venta entre IVAN y PEDRO en Diciembre de 2007, desde luego, contrato posterior al mio.

El juicio, después de diversos trámites, en 2014 logré un amparo por el que se me otorga la posesión y, en su caso, el Juez civil reponga el procedimiento a partir de la radiación, pero como el expediente en 2016 cambió de juzgado y a este "nuevo" juzgado, se


  • RG239-5
    08/07/19
    11:08:34

    De nada, es un verdadero placer. Le deseo éxito.

  • RG239-4
    08/07/19
    10:08:19

    Mr. Wells. Muchas Gracias.

  • RG239-3
    05/07/19
    15:32:51

    Definitivamente ejerza la acción proforma para que el vendedor le otorgue la escritura e inscripción, recuerde además solicitar la inscripción preventiva en el RPPC cuando ejercite la acción, —en la misma será Co demandado Pedro— y recuerde que todas las acciones que se tengan que deducir contra una persona, deben hacerse valer en la misma demanda.
    Con independencia de lo anterior, puede presentar un INTERDICTO para recuperar la posesión respecto de Pedro.

  • RG239-2
    05/07/19
    14:18:37

    El juicio, después de diversos trámites, en 2014 logré un amparo por el que se me otorga la posesión y, en su caso, el Juez civil reponga el procedimiento a partir de la radiación, pero como el expediente en 2016 cambió de juzgado y a este "nuevo" juzgado, se le"olvido" el asunto, resultó que PEDRO en mayo 2019 se desistió y ya lo acordó en auto junio 2019 el Juez como asunto terminado.

    Desde luego que yo tengo la posesión por el amparo, hasta que PEDRO inicie otra acción legal por la que obtenga la posesión, sin embargo, estando yo fuera de la ciudad, llegó PEDRO al inmueble, sacó mis cosas, cambió chapas y se introdujo, así, sin mas ni mas.

    Ahora, una de las opciones, independiente de las acciones legales o penales por introducirse, es demandar a la parte vendedora IVAN y hacer valer las cláusulas que esencialmente señalan


    PRIMERA.- EL VENDEDOR como legitimo propietario de el inmueble, se obliga a entregarlo, sin limitación de dominio y libre de todo gravamen a EL COMPRADOR, a la firma de las escrituras...

    CUARTA.- EL INMUEBLE objeto de esta operación se encuentra libre de toda responsabilidad y gravamen, obligándose la parte VENDEDORA al saneamiento para el caso de evicción en los términos de Ley.

    SEXTA.- Las partes contratantes convienen que en caso de incumplimiento imputable a cualquiera de ellas, la responsable cubrirá como pena convencional a la otra parte, la cantidad de XX, quedando automáticamente liberadas ambas partes de su obligación, dándose por rescindido este contrato.


    Por lo que considero que

    1. Hacer valer una demanda civil para validar el cumplimiento del contrato y se declare nulo el contrato posterior al mio y su registro?

    2.- Iniciar la demanda civil por evicción?

    3.- Qué otra o más opciones?

    Agradezco de antemano su atención.

  • RG239-1
    05/07/19
    14:04:29

    Perdón, parece que no se ve la consulta completa.

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