En el caso de que varios amigos hayan realizado un contrato de arrendamiento con el ayuntamiento del municipio en que viven, con el objeto de hacer fiestas infantiles, y dicho contrato sea por 30 días,¿Qué se puede hacer si transcurridos 18 días desde que se firmó el contrato el ayuntamiento les informa que tienen dos días para abandonar dicho lugar? ¿Es posible que dichas personas puedan promover un amparo?