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NG-221
27/06/19
07:39:05

NR-gril

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

NECESITO UN CONTRATO, USTEDES ME PODRÍAN AYUDAR CON ELLO POR FAVOR


  • RG221-1
    27/06/19
    14:53:39

    CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES COMO PILOTO
    Que celebran en la ciudad de _______________ México, por una parte, _______________ S.A. de C.V., representada en este acto por el C. ________________, en delante identificado como __________ y _____________, en adelante identificado como EL PILOTO.
    Declaran el representantes legal de ____________
    a Que su representada es una persona moral constituida de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos según consta en la escritura pública número _________, de fecha _________ de _________ de 20____, otorgada ante la fe del licenciado ______________, titular de la Notaría Pública No._____ de ___________.
    b Que cuenta con las facultades suficientes para la celebración del presente instrumento según consta en la escritura pública número ___________, mismas que no le han sido modificadas, limitadas o revocadas en forma alguna al momento de la firma del presente instrumento.
    c Que dentro del objeto social de su representada se encuentra primordialmente ____________________.
    d Que tiene la posesión legal de ________________, misma que se encuentra en condiciones apropiadas _________________.
    e Que para la prestación del servicio mencionado _____________ cumplen con los requisitos ____________________ en general con todos los recursos materiales y humanos para la prestación del servicio referido.
    f Que, para cumplir con las obligaciones a su cargo establecidas en la legislación nacional e internacional, tiene necesidad de contratar personal de _____________ suficientemente capacitada es deseo de su representada celebrar el presente contrato a efecto de contar con los servicios _________________.
    Declaran el PILOTO.
    a. Ser mexicano, mayor de edad, casado y con domicilio en ___________
    b. Que cuenta con Licencia TPI N° _____________ expedida por la DIRECCION GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL el 31 de diciembre de 2012 con vigencia hasta el 29 de febrero de 2016 y capacidad para ser Piloto al Mando de la aeronave ___________.
    c. Que es perito en lo que se refiere al conocimiento de sus obligaciones previstas en la Ley de Aviación Civil y su Reglamento, así como en la NORMA Oficial Mexicana NOM-008-SCT3-2002.
    d. Que es su deseo prestar sus servicios profesionales a ___________ de acuerdo con las capacidades anotadas.
    Ambas partes deciden celebrar el presente contrato al tenor de las Siguientes
    CLÁUSULAS
    1. El PILOTO estará obligado a prestar un tiempo de servicios de hasta ciento ochenta horas mensuales a bordo de la aeronave indicada en antecedentes o en otra de similares características y prestaciones, en caso de que la indicada no esté en condiciones de ser operada o durante sus mantenimientos, Esto incluye vuelos en México o en el extranjero.
    2. El PILOTO, deberá cumplir con toda la legislación, reglamentación y normativa nacional como internacional vigente, tendrá las siguientes obligaciones especiales.
    3. Fungirla máxima autoridad a bordo y el responsable de su operación y dirección debiendo mantener el orden y la seguridad de la aeronave, de los tripulantes, pasajeros, equipaje, carga y correo.
    4. Deberá conservar su nacionalidad mexicana por nacimiento y abstenerse de adquirir otra nacionalidad así como informar oportunamente a en caso de encontrarse en trance de perder el goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos. Lo anterior para cumplir con el artículo 40 de la Ley de Aviación Civil que dice Artículo 40.- Toda aeronave deberá contar con un comandante o piloto al mando, quien será la máxima autoridad a bordo y el responsable de su operación y dirección y de mantener el orden y la seguridad de la aeronave, de los tripulantes, pasajeros, equipaje, carga y correo. El comandante de las aeronaves de servicio al público deberá ser mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos
    5. Llevar el libro de bitácora anotando los hechos que puedan tener consecuencias legales, ocurridos durante el vuelo, y los pondrá en conocimiento de las autoridades competentes del primer lugar de aterrizaje en el territorio nacional, o de las autoridades competentes y del cónsul mexicano, si el aterrizaje se realiza en el extranjero.
    6. La responsabilidad PILOTO comprende desde el momento en que se hace cargo de la aeronave para iniciar el vuelo hasta su entrega a la autoridad competente o al representante del concesionario o permisionario. El aterrizaje de la aeronave en la estación se considerará como cierre de plan de vuelo.
    7. Cuidar que en las aeronaves a su cargo no se transporte pasajeros o efectos ajenos a los intereses del patrón sin el cumplimiento de los requisitos correspondientes, ni artículos prohibidos por la ley, a menos que se cuente con el permiso de las autoridades correspondientes
    8. Conservar en vigor sus licencias, pasaportes, visas y documentos que se requieran legalmente para el desempeño de su trabajo
    9. Presentarse a cubrir los servicios que tengan asignados con la anticipación y en la forma que establezcan su contrato y el reglamento interior de trabajo, salvo causa justificada
    10. Someterse, cuando menos dos veces al año, a los exámenes médicos periódicos que prevengan las leyes, los reglamentos y los contratos de trabajo
    11. Someterse a los adiestramientos que establezca el patrón, según las necesidades del servicio, a fin de conservar o incrementar su eficiencia para ascensos o utilización de equipo con nuevas características técnicas y operar éste al obtener la capacidad requerida
    12. Planear, preparar y realizar cada vuelo, con estricto apego a las leyes, reglamentos y demás disposiciones dictadas o aprobadas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y
    13. Cerciorarse, antes de iniciar un viaje, de que la aeronave satisface los requisitos legales y reglamentarios, las condiciones necesarias de seguridad, y que ha sido debidamente equipada, aprovisionada y avituallada
    14. Observar las indicaciones técnicas que en materia de seguridad de tránsito aéreo boletines dicten las autoridades respectivas en el aeropuerto base o en las estaciones foráneas
    15. Dar aviso a las autoridades competentes, utilizando los medios de comunicación más rápidos de que dispongan, en caso de presentarse en vuelo cualquier situación de emergencia, o cuando ocurra un accidente así como a .
    16. anotar en la bitácora, con exactitud y bajo su responsabilidad, los datos exigidos por las disposiciones legales relativas y hacer, cuando proceda, la distribución del tiempo de servicio de los demás miembros de la tripulación
    17. Rendir los informes, formular las declaraciones y manifestaciones y firmar la documentación que en relación con cada vuelo exijan las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables
    18. Poner en conocimiento de al terminar el vuelo, los defectos mecánicos o técnicos que adviertan o presuman existen en la aeronave.
    19. VACACIONES. Tendrá derecho a un período anual de vacaciones de treinta días de calendario, no acumulables. Este período podrá disfrutarse semestralmente en forma proporcional, y se aumentará en un día por cada año de servicios, sin que exceda de sesenta días de calendario. El o los períodos de período de vacaciones deberá ser autorizado por previamente.
    20. .- Proporciona viáticos AL PILOTO en los casos establecidos por la Ley, hasta el máximo autorizado por el artículo 28 fracción V de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se considera que esta obligación está totalmente cumplida cuando, fuera de territorio nacional proporcione ayuda para renta o cuando preste sus servicios en la base o sub bases de la aeronave, sea en México o en el extranjero.
    21. CURSOS y ADIESTRAMIENTOS DE CAPACITACIÓN. pagará los adiestramientos y cursos de capacitación requeridos por la legislación y normativa para que el PILOTO preste sus servicios, y el PILOTO deberá acreditar los exámenes en el entendido de que de no hacerlo, este contrato se dará por terminado por dejar de cumplir los requisitos esenciales para operar. En el caso de que posteriormente a la presentación de un examen o acreditación de un curso o adiestramiento, este contrato se dé por terminado, el PILOTO deberá reembolsar a los costos en que hubiere incurrido, por la parte proporcional del término que falte para cumplir la vigencia del curso, adiestramiento licencia o examen.
    22. CONTRATO CIVIL.- Este contrato es de carácter civil y el pago del PILOTO consistirá en 24,000.00 veinticuatro mil pesos mexicanos mensuales que se pagarán mensualmente mediante transferencia de fondos a más tardar el día 25 de cada mes, o al siguiente hábil. En esa cantidad ya se encuentra contemplado los descuentos de carácter fiscal que haya de aplicarse al PILOTO.
    23. CONFIDENCIALIDAD.- Se previene al PILOTO en términos del artículo 85 de la Ley de la Propiedad Industrial, que al desempeñar su cargo se obliga a mantener estricta reserva de todo aquello que conozca relacionado con sus funciones tanto respecto de la operación y comercialización de como de sus pasajeros estando entendido que se trata de secreto industrial y que su revelación es punible de acuerdo a los artículos 223 fracciones IV, V y VI de la mencionada Ley.
    24. EL PILOTO autoriza a para sub contratar los servicios de terceros para hacer el pago, en el entendido que, para conservar su derecho a retiro, se pagará, bajo el esquema legal que sea permitido, las aportaciones de seguridad social hasta veinticinco salarios mínimos. En caso necesario, el PILOTO se obliga a firmar los contratos y formatos que permitan esa operación.
    25. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, incluyendo toda controversia que se derive de, o que de cualquier forma tengan relación con este contrato, su formación, la capacidad de las partes, sus efectos, terminación o ejecución, el presente contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes aplicables de los Estados Unidos Mexicanos asimismo para dichos efectos, las partes se someten expresa e irrevocablemente a i la jurisdicción y competencia de los tribunales competentes de la Ciudad de _________, __________, Estados Unidos Mexicanos y ii la jurisdicción y competencia de los tribunales competentes de ________, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otro motivo. Para la interpretación de texto de este adendum y los acuerdos anteriores, se estará a la convención mas reciente.

    Leído el presente contrato y enteradas las partes de sus efectos y alcances legales, lo firman de común acuerdo el ______ de febrero de 20_____.

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