Dentro de un juicio ejecutivo mercantil llevado ante los tribunales locales de la ciudad de Puebla, el demandado nego su firma y ademas interpuso incidente criminal alegando la autenticidad de la firma. Dentro del incidente no se ha dictado la interlocutoria y el demandado tiene ventaja, y en el principal faltan pruebas por desahogarse en la cual el demandado no esta firme; hasta el momento no ha participado el perito tercero en discordia; la pregunta es: para evitar sentencias contradictorias no deben dictarse las sentencias al mismo tiempo?; en un incidente criminal no se le debe dar participacion al M.P.?; Puede dictarse primero una interlocutoria a favor del demandado y posteriormente una condenatoria en el principal?; si existe jurisprudencia al caso, bajo que rubro la encuerntro?. Gracias