Por medio de este conducto solicto si les es posible aclarar algunas dudas concernientes a una dacion en pago, en ocaciones anteriores é realizados compra-venta de inmuebles en convenio privado, sin ningun problema, quedando en escriturar posterior a la venta por razones administrativas, en esta ocacion me corresponde a mi realizar el pago, razon por la cual me surgen algunas dudas.
Al realizar la operacion y pagar mi deuda con un bien inmueble a un provedor,por solicitud del mismo desea no escriturar hasta que le indique su contador, ¿debo recibir una factura por el pago realizado con el bien inmueble?
En el convenio privado de compra-venta debo indicar que el bien inmueble se entrega en relacion a la deuda, señalando el producto recibido, el servicio realizado, ó solicitar que me extienda una factura el provedor y señalar en el convenio que se da por pagado con dicha factura.
Debo solictar a mi provedor los datos de registro de su acta constitutiva a si como una copia, para verificar ¿Que quien me recibe la vivienda tiene las facultades para hacerlo?
ó si con la simple factura quedo liberado de mi deuda.
Al mismo tiempo solicito si no les genera molestia, regalarme los fundamentos legales para realizar el convenio de dacion de pago.