Cuál de las siguientes denominaciones que puede tener una Sociedad Cooperativa es la LEGALMENTE CORRECTA:
1. La que expidió la SRE en el permiso correspondiente (la que tiene además mayor entiguedad)
2. La que denomina a la Sociedad Cooperativa en el ACTA DE ASAMBLEA QUE CONSTITUYE LA SOCIEDAD COOPERATIVA.
3. La que que inscribe la Sociedad Cooperativa en el FORMULARIO DE REGISTRO ante la SHCP
4. La del RFC
El problema es que en una cooperativa estas cuatro denominaciones son diferentes (errores de "dedo") y para proceder a corregirlas es preciso determinar cual es la legalmente reconocida y de ahí proceder a la tramitación de los cambios