Soy estudiante de dercho y tengo una tarea consistente en que si se puede impugnar de nulo un contrato de compraventa en el que no se respetó el derecho de tanto, respecto de los copropietarios ya que no se les dio aviso o notificación por algun medio legal, previsto en el artículo 973 del Código Civil para el Distrito Federal, la venta según el caso se hizo en el año de 1989, ojala que alguien me pueda ayudar.
Muchas gracias por su atención