Que tal amables foristas, tengo una pregunta espero me puedan ayudar. Un amigo me platica que llegó un Licenciado junto con un Actuario a su domicilio, los atendió la sirvienta, los Licenciados solicitaron la presencia de mi amigo para atender una diligencia de embargo, como no estaba dieron 72 horas para que mi amigo esté en el domicilio y atienda dicha diligencia, no le dejaron citatorio ya que la sirvienta no quiso firmar documentos, pero a la sirvienta no le dijeron a que juzgado está adscrito el Actuario.
Mi pregunta es ¿Los Actuarios pueden realizar diligencias de embargo estando de vacaciones los juzgados como es hoy en día?, o existe la posibilidad de que sea un truco más de los despachos de cobranza.
Por su atención y amabilidad reciban un cordial saludo.