la demanda que me pusieron es la de disolución de copropiedad , y junto con mi equipo debemos dar respuesta a la demanda.
RG423-2
14/11/19
10:48:43
En la copropiedad ambas partes son propietarios, y a nadie se le puede permanecer en ella, para esto existe la figura jurídica del derecho del tanto, esto quiere decir que o le compras su parte a tu copropietario o bien, le vendes la tuya, previo avalúo.
Ahora bien, si ambas partes no cuentan con la capacidad económica, pueden someter la venta a un tercero, y con el producto se dividen el importe de la venta.