Buenas tardes. Me gustaría conocer su opinión sobre este asunto. En juicio ejec. mer. se embargo un inmueble que con anterioridad se otorgo por los hoy demandados en garantía en un Fideicomiso en garantía. El embargo deviene de un crédito de habilitación y avio que claro no se pago. Hoy el juicio se encuentra en procedimiento de remate. Se llama a juicio a un banco como acreedor( del fideicomiso en garantía ) y despúes de pelear que se suspenda el procedimiento de remate, alegando que el inmueble fue fideicomitido lo logran. el Juez dicat un auto por medio dle cual se ordena cancelar el embargo. Resulta que el actor ante esto promueve que en ejecución de la definitiva dictada se me requiere nuevamente de pago del capital( del cual ya se me requirio )así como de los intereses a los que fui condenado, y que en caso de no hacerlo se me embarguen bienes. El juez lo acurdo favorable. El actor promovio paralelamente esto a una apelación en contra del auto que ordeno cancelar el embargo. La duda es que si puedo nuevamente ser requerido de pago del capital y mas aún de los intereses a los que también condeno la definitiva. Considero que unicamente podría en su caso el actor sería señalar un bien para embargo GRACIAS.P.D ES PROCEDIMIENTO ANTERIOR A REFORMAS