Hola: me gustaria saber su punto de vista, ya que no creo estar equivocado en lo que se expone como una dualidad, toda vez, que considero que puedo actuar como actor siendo apoderado legal de la sucesión al iniciar una demanda y paralelamente, autorizarme como abogado de la misma, esto es:
Resulta ser que inicio una demanda con un poder otorgado por el albacea y en el mismo escrito me anuncio como abogado en términos del 112 del c.p.c., el juez me previene con la finalidad de que "precise el carácter con la que comparece la persona física, atento al contenido del poder ya que la pretensa actora, es una sucesión" . Gracias de antemano