Llevo un un ejecutivo mercantil para cobrar $40,000.00 de un pagarè, sin embargo, al parecer el deudor no tiene bienes propios mas que un local en el mercado, mi pregunta es ¿Al momento de efectuar la diligencia de embargo se puede trabar embargo sobre dicho local a pesar de que este se encuentra valuado en $100,000.00
De ser así,¿Se remata la casa y del dinero obtenido se le paga a mi cliente los $40,000.00?