He intentado emplazar a una persona en un incidente de cancelación de pensión alimenticia, pero esta se ha negado a recibir al actuario notificador e inclusive no abre la puerta de su hogar, en el juzgado me dicen que por ser materia de alimentos no puede ser emplazado por el boletin judicial (?) y que el siguiente paso es el emplazamiento por edictos, pero sé que para que tal cosa suceda se deben agotar todos los medios posibles para su localización por las autoridades administrativas, el problema es que este juicio se lleva a cabo en la Ciudad de México, y desconozco a que autoridades se deben de dirigir los oficios (aparte claro esta del IFE) y con que objeto.
Alguien podría indicarme que autoridades son estas.