Yo tengo 5 años laborando en una empresa que vende publicidad via Internet y extiendo recibos de Honorarios, tanto por mi salirio fijo mensual como por las comisiones, segun entiendo yo de acuerdo al Art. 285 de la Ley Federal del Trabajo Titulo Sexto Trabajos Especiales
Capitulo IX Agentes de Comercio y Otros Semejantes.
Desde el momento en que yo solo presto en forma personal y directa mis servicios a una misma empresa desde hace 5 años queda automaticamente establecida una relacion laboral.