quiero saber hacer de la supletoriedad en materia de propiedad industrial
El caso es el siguiente negaron a mi contraparte la declaración de nulidad de mi marca en el 2000 recurrí al amparo indirecto basandome el el CFPC y el juez de distrito en materia administrativa la desecho señalando que la ley aplique es la Ley federal de procedimiento administrativo, por una nueva resolución del impiy basandose en el cfpc de aplicación supletoria declaran la nulidad de la marca que criterio debe prevalecer el del juez de distrito o el impi espero y me puedan ayudar y me resulvan mi duda