Que se puede hacer cuando dentro de laudiencia prevista dentro del artículo 873 de la Ley Laboral, le objetan la personalidad al apoderado legal de una S.A. porque en el poder notarial no se establecio el objeto social ni el capital de la misma, y la Junta resuelve el inciendente declarandolo procedente aplicando la Jurisprudencia que por contradicción de Tesis, salio en el mes de septiembre del 2001, la cual establece que todo poder notarial debe de llenar los requisitos del artículo 10 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, para cubrir el vacio qaue al respecto existe en la Ley Federal del Trabajo