Según algunos abogados litigantes, si la firma de un pagaré se lleva a cabo frente a Notario, el pagaré pierde (o se limita su autonomía) y es más difícil su cobro (através de la vía ejecutiva mercantil) en caso de incumplimiento de la obligación principal.
Cuál es la razón por la cual es más difícil el cobro de un pagaré firmado ante Notario que uno firmado de manera privada entre las partes?