---------ESCRITURA PBLICA NMERO (XXXXX) XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. SI EL NOTARIO TITULAR ESTA EN FUNCIONES ----- EN LA CIUDAD DE GENERAL ESCOBEDO, ESTADO DE NUEVO LEN, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, a los (XX) XXXXXX das del mes de XXXXXXXXX del ao (2016) dos mil diecisis, Yo el suscrito Licenciado ARMANDO HERNANDEZ BERLANGA, Notario Pblico Titular de la Notaria Pblica Nmero (132) ciento treinta y dos, con ejercicio en este Primer Distrito Registral en el Estado, SI EL NOTARIO SUPLENTE ESTA EN FUNCIONES ----- EN LA CIUDAD DE GENERAL ESCOBEDO, ESTADO DE NUEVO LEN, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, a los (XX) XXXXXX das del mes de XXXXXXXXX del ao (2016) dos mil diecisis, Yo el suscrito Licenciado OSCAR ANDRES HERNANDEZ HERRERA, Notario Pblico Suplente de la Notaria Pblica Nmero (132) ciento treinta y dos, de la cual es Titular el Licenciado ARMANDO HERNANDEZ BERLANGA, con ejercicio en este Primer Distrito Registral en el Estado, HAGO CONSTAR ----- LA CONSTITUCIN DE UNA SOCIEDAD ANNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en la que participan como Fundadores XXXXXXXXXXXXXXXX, compareciendo tambin el seor XXXXXXXXXXXXXXXXXX como COMISARIO, para los efectos que ms adelante se sealan la cual formalizan al tenor de las siguientes -------------------------------------------------------- C L A U S U L A S ----- PRIMERA.- XXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXXXXX, en este acto y por medio de este instrumento, CONSTITUYEN UNA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se regir con los Estatutos que en seguida se insertan, y en lo previsto especficamente en ellos, por las disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles vigente, y dems disposiciones legales que le sean aplicables. ----- SEGUNDA.- Que para el efecto antes indicado, obtuvieron de la Secretara de Economa, Direccin General de Normatividad Mercantil, autorizacin de nombre que en ste acto me exhiben, Yo, el Notario doy fe tenerlo a la vista, lo agrego al apndice de mi protocolo bajo el mismo nmero de sta escritura con la letra A y transcribo a la letra. ------------------------------------- AUTORIZACIN DE LA SECRETARIA DE ECONOMA ----------------------------------- DIRECCIN GENERAL DE NORMATIVIDAD MERCANTIL ---- Al margen superior izquierdo SECRETARIA DE ECONOMA.- DIRECCION GENERAL DE NORMATIVIDAD MERCANTIL.- al centro.- AUTORIZACION DE USO DE DENOMINACIN O RAZN SOCIAL.- Al margen superior derecho Clave nica del Documento (CUD) A201903192122091815.- En atencin a la reserva realizada por ARMANDO HERNANDEZ BERLANGA, a travs del Sistema establecido por la Secretara de Economa para autorizar el uso de Denominaciones o Razones Sociales, y con fundamento en lo dispuesto por los artculos 15, 16 y 16 A de la Ley de Inversin Extranjera artculo 34, fraccin XII bis de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal artculo 69 C Bis de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, artculo 23, fracciones XXV, XXVII y XXXIII del Reglamento Interior de la Secretara de Economa y el artculo 17 del Reglamento para la Autorizacin de Uso de Denominaciones y Razones Sociales, SE RESUELVE AUTORIZAR EL USO DE LA SIGUIENTE DENOMINACIN O RAZN SOCIAL SOLSA SERVICIOS ORGANIZADOS. Lo anterior a partir de la fecha y hora que se indican en la seccin de Firma Electrnica ms adelante. Los trminos con mayscula inicial contenidos en la presente Autorizacin tendrn el significado que se les atribuye a dichos trminos en el Reglamento para la Autorizacin de Uso de Denominaciones y Razones Sociales, con independencia de que se usen en plural o en singular. De conformidad con lo dispuesto por el artculo 18 del Reglamento para la Autorizacin de Uso de Denominaciones y Razones Sociales, la presente Autorizacin se otorga con independencia de la especie de la persona moral de que se trate, de su rgimen jurdico, o en su caso, de la modalidad a que pueda estar sujeta. En trminos de lo dispuesto por el artculo 21 del Reglamento para la Autorizacin de Uso de Denominaciones y Razones Sociales, el Fedatario Pblico Autorizado o Servidor Pblico, o tratndose de las sociedades cooperativas, la autoridad, ante quien se constituya la Sociedad o Asociacin correspondiente, o en su caso, ante quien se formalice el cambio de su Denominacin o Razn Social, deber cerciorase previamente a la realizacin de dichos actos, que se cumple con las condiciones que en su caso resulten aplicables y se encuentren sealadas en la presente Autorizacin y en el referido Reglamento, y a su vez deber cerciorarse de que la presente Autorizacin se encuentre vigente. AVISO DE USO NECESARIO De conformidad con lo dispuesto por el artculo 24 del Reglamento para la Autorizacin de Uso de Denominaciones y Razones Sociales, el Fedatario Pblico Autorizado o Servidor Pblico que haya sido elegido conforme al artculo 14 de dicho Reglamento, deber dar el Aviso de Uso correspondiente a travs del Sistema y dentro de los ciento ochenta das naturales siguientes a la fecha de la presente Autorizacin, a fin de hacer del conocimiento de la Secretara de Economa de que ha iniciado el uso de la Denominacin o Razn Social Autorizada por haberse constituido la Sociedad o Asociacin, o formalizado su cambio de Denominacin o Razn Social ante su fe. En caso de que el Fedatario Pblico Autorizado o Servidor Pblico que haya sido elegido conforme al artculo 14 del Reglamento para la Autorizacin de Uso de Denominaciones y Razones Sociales no d el Aviso de Uso conforme al artculo 24 de dicho Reglamento, ste podr presentar previo pago de derechos, el Aviso de Uso de forma extempornea en cualquiera de las oficinas de la Secretara de Economa, dentro de los treinta das naturales contados a partir de la fecha en que concluy el plazo de ciento ochenta das naturales siguientes a la fecha de la presente Autorizacin. La Secretara de Economa no reservar el uso exclusivo de la Denominacin o Razn Social otorgada mediante la presente Autorizacin, en caso de sta no reciba el Aviso de Uso en los trminos antes sealados, y dentro del plazo establecido en el prrafo que antecede. AVISO DE LIBERACIN En caso de fusin o liquidacin de la Sociedad o Asociacin, o en el caso de cambio de Denominacin o Razn Social de la misma, el Fedatario Pblico Autorizado o Servidor Pblico ante quien se formalizara dicho acto, deber de dar, a travs del Sistema y dentro de un plazo no mayor a treinta das naturales posteriores a la fecha de formalizacin del instrumento respectivo, un Aviso de Liberacin de la Denominacin o Razn Social. Tratndose de sociedades cooperativas que se liquiden, extingan o cambien su Denominacin o Razn Social ante alguien distinto de un Fedatario Pblico Autorizado, el representante legal de la sociedad cooperativa deber solicitar por escrito el apoyo de la Secretara de Economa para poder dar el Aviso de Liberacin correspondiente. Lo anterior, con fundamento en el artculo 28 del Reglamento para la Autorizacin de Uso de Denominaciones o Razones Sociales.-RESPONSABILIDADES De conformidad con lo dispuesto por el artculo 22 del Reglamento para la Autorizacin de Uso de Denominaciones y Razones Sociales las sociedades o asociaciones que usen o pretendan usar una Denominacin o Razn Social tendrn las obligaciones siguientes I. Responder por cualquier dao, perjuicio o afectacin que pudiera causar el uso indebido o no autorizado de la Denominacin o Razn Social otorgada mediante la presente Autorizacin, conforme a la Ley de Inversin Extranjera y al Reglamento para la Autorizacin de Uso de Denominaciones y Razones Sociales, y II. Proporcionar a la Secretara de Economa la informacin y documentacin que le sea requerida por escrito o a travs del Sistema en relacin con el uso de la Denominacin o Razn Social otorgada mediante la presente Autorizacin, al momento de haberla reservado, durante el tiempo en que se encuentre en uso, y despus de que se haya dado el Aviso de Liberacin respecto de la misma. Las obligaciones establecidas en las fracciones anteriores, debern constar en el instrumento mediante el cual se formalice la constitucin de la Sociedad o Asociacin o el cambio de su Denominacin o Razn Social. La presente Autorizacin tiene una vigencia de 180 das naturales a partir de la fecha de su expedicin, y se otorga sin perjuicio de lo establecido por el artculo 91 de la Ley de la Propiedad Industrial.- FIRMA ELECTRNICA ----- TERCERA- La Sociedad que se constituye se denominar XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, debiendo ser seguida de las palabras SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, o de las iniciales S.A. DE C.V.. ----- CUARTA.- El Capital Social es Variable. El Capital Social Mnimo Fijo, es la cantidad de 50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) representado por 100 cien Acciones Ordinarias, Nominativas, Serie A con un valor nominal de 500.00 (QUINIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) cada una. La parte variable del Capital Social es ilimitada, y estar representada por Acciones Ordinarias, Nominativas, las cuales una vez que se emitan constituirn la Serie B y tendrn igualmente un valor nominal de 500.00 (QUINIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) cada una. ----------------------------------------------------------- E S T A T U T O S ------------------------------------------------------- CAPITULO PRIMERO --------------------------DENOMINACIN, DOMICILIO, OBJETO, DURACIN Y NACIONALIDAD ----- PRIMERO- La sociedad se denominar XXXXXXXXXXXXXXXXX, debiendo ser seguida esta denominacin de las palabras SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, o de las iniciales S.A. DE C.V. ----- SEGUNDO- El objeto de la Sociedad es A.- Contratacin, Administracin y Supervisin de personal tcnico de oficina administrativo y de mano de obra para la realizacin de los trabajos propios del objeto social. B.- Mantenimiento en general de inmuebles en lo que respecta a trabajos de pintura, jardinera, limpieza, soldadura, plomera, carpintera y aun el de vigilancia que lo soliciten los interesados. C.- Construccin y paileria, relacionados las actividades del objeto social particularmente vinculados con el inciso anterior. D.- Fabricac...