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E-107
27/11/20
11:43:18

Reformas al PJF 2020

REFORMAS AL PODER JUDICIAL FEDERAL.

1. Se eliminan los Tribunales Unitarios de Circuito y son sustituidos por los Tribunales Colegiados de Apelación

2. Se eliminan los Plenos de Circuito y son sustituidos por los Plenos Regionales

3. Se fortalece la facultad reguladora de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en lo que se conoce como Facultad Autoreguladora

4. Se fortalece el papel de Tribunal Constitucional de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

5. Se crea un sistema novedoso para los mexicanos, adoptando el sistema de "Precedentes Judiciales"

6. Se modifican los mecanismos de inamovilidad judicial

7. Se amplía la aplicación de la Carrera Judicial

8. Se cambia la denominación de Contradicción de Tesis por el de Contradicción de Criterios

9. Se adopta la paridad de género como principio de la carrera judicial

10. Se sustituye la denominación del Instituto de la Judicatura Federal por el de Escuela Federal de Formación Judicial

11. Se crea el Instituto Federal de Defensoría Pública, dependiente del Consejo de la Judicatura Federal

12. Se elimina la facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para revocar los acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal

13. Se elimina el Recurso de Revisión Administrativa del que conoce la Suprema Corte y se concede tal facultad al Consejo

14. Se faculta al Consejo de la Judicatura para designar Organos Jurisdiccionales Especiales que conocerán de violaciones graves a Derechos Humanos

15. Se elimina el llamado Amparo Soberanía

16. Se depura la materia de las Controversias Constitucionales, eliminando las cuestiones de legalidad

17. Se amplía la facultad de promover controversias constitucionales a los Organos Autónomos Locales

18. Se fortalece la declaratoria general de Inconstitucionalidad

19. Se restringe la procedencia del Recurso de Revisión en Amparo Directo y se elimina la impugnabilidad de los acuerdos del Presidente sobre esos asuntos

20. El cumplimiento sustituto de la Sentencia de amparo se encarga al órgano que concedió el amparo.



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