¿Hay pena o sanción administrativa por derribar un árbol sano en un predio de propiedad particular en suelo urbano? ¿Quién la determina y aplica?
Me interesa saber cómo se sanciona el dañar para que se muera y acabar con un arbol sano, cuando éste no está en suelo de Conservación e en Reserva Ecológica y se encuentra en predio de propiedad particular