La constitución dice que la jornada laboral máxima es de 8 horas diarias, esto es, 40 horas si se trabaja de lunes a viernes. ¿Qué pasa con las jornadas laborales de servidores públicos ? por ejemplo, los Ministerios Públicos tienen una Jornada de 24 por 48, estarían trabajando más horas que las permitidas constitucionalmente, ¿es posible que deba pagarseles un sobresueldo u horas extras o algo parecido?.