LA CONFESION EN LA DILIGENCIA DEL AUTO DE EXEQUENDO
Quisiera que me ilustraran con respecto a aquel que sea el recurso procedente o el medio idoneo para combatir lo que esta falsamente asentado por el actuario o secretario ejecutor en la actuacion judicial que corresponde a la diligencia del auto de exequendo, es decir, cuando falsamente asienta que encontro y se entendio personalmente con el demandado y ademas asienta en esta acta que el requerido reconoce el adeudo que se le imputa en la demanda.
La duda me surge al analizar el texto de la ley, porque esta señala que lo asentado por el personal del juzgado facultado para diligenciar en este tipo de juicios, merece valor probatorio pleno, porque su actuar esta revestido de fe publica.
Asi entonces, si la autoridad asienta en el acta hechos que no son ciertos por quedar bien con el actor, me gustaría que me auxiliaran para poder dilucidar y entender a fondo cual es la forma precisa y legal para combatir esta irregularidad, pues me ha costado varios dolores de cabeza y aun no tengo re