matrimonio por 30 años, hace 10 años se separaron por lo que se desprende que los cónyuges vivieron juntos 20 años, el único bien con que contaban es un inmueble el cual lo adquirio el señor por donación un año antes de contraer matrimonio, es el caso que durante los 10 años de separación el señor se une en concubinato y procrea dos hijos y durante este perido el adquiere más bienes, como son un departamento del INFONAVIT, un automovil, etc. el divorcio se decreto en el mes de enero del presente año, por la causal de separación de más de 10 años, actualmente la señora vive en el bien donde tenian su domicilio conyugal, mi pregunta es ¿estos bienes entran dentro de la sociedad conyugal? aún y cuando estos bienes los adquirio el señor durante los 10 años en que vivieron separados.