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H-3096
17/04/03
17:00:00
Rosario Mircas

Matrimonio en el extranjero

"En dos meses mas, voy a contraer matrimonio civil en Italia, por lo que estare casada bajo las leyes italianas, en un articulo del codigo civil 143b dice que a mi nombre se le agregara el apellido del esposo antes del mio. Esto quiere decir que por fuerza tengo que hacer esto? y tengo que cambiar mis documentos?"

Art.143bis. Cognome della moglie. La moglie aggiunge al proprio cognome quello del marito e lo conserva durante lo stato vedovile, fino a che passi a nuove nozze.
Traduccion
El apellido de la esposa, el apellido de la esposa agrega el mismo apellido del marido aun en su estado de viudez, hasta que vuelve a contraer matrimonio.


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