en naucalpan de juárez, estado de méxico, existe un reglamento municipal de panteones, en el que se contempla como una de las modalidades para el otorgamiento de fosas, la de temporalidad mínima, cual es el periodo que dura la temporalidad mínima?, tomando en consideración que el artículo 67, del reglamento de la ley general de salud en materia de control sanitario de la disposición de organos, tejidos y cadáveres de seres humanos, establece que para el caso de adultos deberán permancer en la fosa por un término de 6 años y en caso de menores un término de 5 años?
y para el caso de las perpetuidades el decreto presidencial de 1974 en el q se establece q al reutilizar una perpetuidad con una nueva inhumación se pierde el carácter de perpetuidad, esto también aplica al ámbito municipal?
gracias