si un juicio que se inicia en una ciudad, y por inhibitoria se declara incompetente ese juez y lo manda a otro distrito judicial de otro estado, con este motivo se notifica a las partes la llegada de los autos personalmente, pero aun siendo estas bien elaboradas, si la actora ya no comparece y se sigue el proceso la demandada desahoga pruebas y se notifica la citación para oir sentencia por lista, pero la sentencia dice notifiquese indistintamente personalmente, y solo al demandado es de esta forma y a la actora por lista que pudiera hecerse en ese caso