Tengo la duda el entablar el suscrito una demanda encontra de una constructora por no querer ejecutar los trabajos de reparacion por fallas tecnicas y/0 vicios ocultos se tiene firmado un documento denominado (POLIZA DE GARANTIA DE FALLAS TECNICAS Y/O VICIOS OCULTOS) donde ellos se obligan a realizar cualquier reparacion, el caso es que yo hice la demanda civil, aduciendo A):-el incumplimiento a una obligacion derivada de obligacion de hacer por parte de la constructora y por ende ejercitando dicha accion, asi mismo pido B).-que en caso de negativa de la constructora en la reparacion de las fallas tecnicas se realicen por otra a su costa.
Ahora tengo la duda de que si no estoy cayendo en una contradiccion en estos dos conceptos que demando. si es uno o es el otro. o si efectivamente puedo demandar los dos.me estoy basando en el codigo civil y procedimientos civiles del estado de nayarit.