Soy principiante en el litigio y estoy llevando un divorcio voluntario judicial en el Estado de Mèxico. Yo sè que para proceder este divorcio el conyuge obligado debe garantizar un año de pensiòn alimenticia para el menor hijo. El dice que si se solicita al juez le descuenten directamente de su nòmina entonces no está obligado a dar ese año de pensión por adelantado. ¿Eso procede?, ¿còmo puedo solicitar al juez le notifique al patrón del descuento?, ¿el patrón entonces debe depositar en la cuenta correspondiente directamente?, ¿que hago si la fuente de trabajo está en el D.F.? Gracias por su ayuda abogados.