Usted formuló la siguiente pregunta en una consulta en la cual anuncié que de mi parte ya no habría intervenciones:
¿Se podría declarar (por parte del interesado) la anticonstitucionalidad de la prueba y lo que ello acarrea? (SIC)
Misma que me he abstenido de contestar porque de verdad no la entiendo, ya que la anticonstitucionalidad de un precepto legal nunca puede ser declarada por un particular, toda vez que se trata de una facultad del Poder Judicial de la Federación.
Pero si usted me aclara el sentido de la pregunta, tal vez sí pudiera tener una respuesta de mi parte.
Gracias por su atención y le reitero mis más atentos saludos.