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H-5269
26/07/04
17:00:00
DE: LIC. VERA

PARA EL LICENCIADO JORGE PALAFOX

Agradezco se hya tomado su tiempo para reponder a mi consulta. Estoy de acuerdo con usted, mi dura ahora es si la consignación debo hacerla en billete de depósito del Banco Nacional de Ahorro Y Servicios Financieros (BANSEFI).

Al efecto, es conveniente señalar que no cabe la posiblidad de reinstalar porque se trata de un empleado de confianza. Sin embargo, quiero consignar las cantidades que le corresponden a efecto de evitar que me demande en lo futuro salarios caídos. Le pregunto ahora ¿Esta postura es correcta?

Lo que sucede es que en mi empresa me están solicitando que lleve a cabo las medidas necesaria a efecto de salvaguardar sus intereres, derivado que el trabajador comentó que procedería a demandar a la empresa y por esa razón no quiso recibir el cheque. Pero insisto, no cabe la posibilidad de reinstalar como sugerencia de mi parte, a menos que en determinado momento así lo resuelva la autoridad laboral en defintiva. Además se le están pagado todas sus prestaciones e indemnizaciones que señala la ley.

Espero su comentario y opinión al respecto.


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