General
Comun
Penal
Administrativo
Civil
Laboral
Tareas
Formatos
Editorial
Directorio
Moneda de Plata
MexicoLegal

Contacta a los mejores abogados

Videos

Cargando...

Publicidad

H-4947
11/04/04
17:00:00
cgb

Pensión alimenticia, at´n: Raymundo Royo

Hola Sr. Royo
Recordará que mi duda era referente al pago de pensión alimenticia para mis hijos, si antes o despuès de impuestos.
Su respuesta fue:
El porcentaje de pensión alimenticia se determina sobre el salario (importe que típicamente se conoce como "sueldo bruto" o "antes de impuestos"), y el fundamento se encuentra en el artículo 110, fracción V, de la Ley Federal del Trabajo.
Este dato es justo lo que necesitaba. Sólo que he buscado esto en algunas Leyes Fed´s de Trabajo, y no he encontrado...o no están actualizadas. He buscado en la red, allí he encontrado algunas pero incompletas.
Puede decirme donde puedo conseguir una vigente?
Yo le escribo desde Los Mochis, Sinaloa y me gustaria comentarle que vendrá una persona que trabaja el área legal de la empresa para la que trabaja el padre de mis hijos. No entiendo para que, pues yo chequé este dato antes de hacer mi reclamo, consulté a la mismisima Juez del Juzgado de lo Familiar y me dijo que adelante...que hiciera mi reclamo, pues la empresa estaba calculando mal los pagos, pues lo hacia despuès de quitar los impuestos al sueldo bruto. Puse la demanda, hasta mañana veré la contestación, pero al escuchar al encargado de recursos humanos hoy diciendome que viene de México la persona que le digo, creo que no contestaron favorablemente o no se cuales son sus intensiones ahora.
No entiendo para que vendrá esta persona en realidad, pero quiero estar preparada. Usted cree que sea necesario que esté mi abogado?
Le agradeceré su consejo.
cgb


Cargando...

Publicidad