Sin abusar de su gentileza quisiera que me explicaran una duda que tengo... el caso es el siguiente: Se trata de un Divorcio por mutuo consentimiento en el que únicamente se estipuló pensión para uno de los hijos (menor) dentro del convenio, y ahora en virtud de la mayoría de edad de éste el deudor de los alimentos promovió la cancelación, sin embargo el cónyugue que tiene la custodia de el ahora mayor se encuentra imposibilitado para sostenerse por si mismo y en el convenio le repito, no se estipularon alimentos para ésta (la cónyugue), entonces... mi pregunta es si todavía se está en tiempo de solicitarlos (una pensión compensatoria) dadas las circunstancias, y tomando en cuenta que el divorcio se ejecutorió en 1991.
Gracias por su atención.