En los delitos perseguibles por querella , si el ofendido no puede formular dicha querella, puede hacerlo otra persona con un PODER NOTARIAL ¿qué pasa cuando esa otra persona nos presenta una CARTA PODER realizada ante Notario de los Estados Unidos de Norteamerica? ¡puede proceder la querella? ¿el documento es una CARTA PODER no un PODER NOTARIAL independientemente que se realize ante un notario... ¿puede considerarse que es su equivalente?.... procede la querella?