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H-3045
24/02/03
17:00:00
leonardo

quien puede promover en nombre de un menor?

El artículo 424 del Código Civil del DF, dice que un menor no puede promover juicio sino con pleno consentimiento de los que ejerzan la patria potestad (no es textual).
En caso de que ambos padres ejerzan conjuntamente la P Potestad de un menor, puede uno solo de los padres demandar pension alimenticia en su favor, sin demandar previamente pérdida de la patria potestad.
Entiendo que para promover sobre un derecho en su favor se necesita la firma de los dos padres, pero, en caso de pension alimenticia?


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