Cuando una persona moral ha realizado inversiones en sociedades de inversión de renta fija o de isnstrumentos de deuda y en sociedades de inversión comunes; parte de las acciones adquiridas en dichas sociedades de inversión son de personas morales residentes en el extranjero y no se efectuó retención alguna del impuesto. además debe de tenerse presente que la persona moral mexicana ha recibido ingresos por dividendos de la sociedad de inversión común.
¿Cuál es el regimen fiscal de los supuestos antes mencionados?