El Administrador de un Condominio situado en la ciudad de Tijuana, Baja California, ha ejercitado la acciòn reivindicatoria en contra de uno de los condominos que ha invadido extendiendo su indiviso hacia un corredor de servicio. El juzgador dice que no existe legitimidad en el actor para ejercitar dicha acciòn, porque en razòn a tesis contradictoria de la Corte no es permitido el ejercicio de tal acciòn entre copropietarios.
Es que acaso el Administrador de un Condominio es copropietario y`por tanto no puede ejercer dicha acciòn ? o solamente la de interdicto para recuperar la posesiòn?