buenos dias compañeros foristas, esperando y hayan pasado una felkiz navidad.
mi consulta es la siguiente:
mi clienta demando alimentos el junio de 2002, estando casada pero separada de su marido, en octubre el juez condena alimentos por un salario minimo diario, posteriormente y en diciembre se dicta la sentencia de divorcio y en el convenio se establece que aportara como alimentos la cantidad señalada en la sentencia correspondiente, entonces a la fecha, el sujeto no ha dado ni un quinto a mi clienta, es obvio que esta desobedeciendo una orden judicial, pero que procedimiento debo seguir, ademàs como podrìa cobrar el retroactivo, que salario minimo se debe aplicar, el actual o el proporcional.